Formación y Capacitación del Empleado
Módulos: slide (eLearning) · event (Talleres) · approvals (Solicitudes) · hr · Odoo 19
Necesidades Empresariales
Objetivos de negocio que justifican la implementación y configuración de este flujo.
- Centralizar toda la actividad formativa de la empresa, independientemente de su modalidad (digital, presencial o externa).
- Ofrecer a los empleados un catálogo de cursos eLearning disponibles 24/7 con contenido multimedia y cuestionarios.
- Publicar convocatorias de talleres presenciales o seminarios con gestión de inscripciones y control de asistencia.
- Gestionar mediante un flujo de aprobación (manager + RRHH) las solicitudes de formación externa pagada por la empresa.
- Actualizar automáticamente las habilidades del empleado al completar una formación y registrar las certificaciones con su vencimiento.
- Alertar a RRHH cuando una certificación obligatoria esté próxima a vencer o haya vencido.
- Vincular el plan formativo individual a la evaluación del desempeño y al plan de carrera del empleado.
- Cumplir con la obligación legal de formación vinculada al puesto de trabajo y la normativa de PRL vigente.
Capa 1 Essential: lo que el negocio puede hacer. Pulsa para resaltar el flujo y servicios.
Cada carril representa una modalidad de formación con sus propios modelos y estados. Pulsa cualquier paso para ver su lógica técnica.
Capa 2 Essential: componentes funcionales que realizan las capacidades. Pulsa para ver su relación.
- • Gestionar cursos eLearning y talleres
- • Categorizar por área, nivel y tipo
- • Definir prerequisitos y rutas de aprendizaje
- • Publicar en portal web interno
- • Crear slide.channel con contenido multimedia
- • Configurar política de inscripción y karma
- • Cuestionarios y certificados automáticos
- • Seguimiento de progreso por empleado
- • Crear event.event con aforo y lugar
- • Gestionar inscripciones y lista de espera
- • Enviar confirmaciones y recordatorios
- • Registrar asistencia post-evento
- • Crear tipo de aprobación "Formación Externa"
- • Flujo: Empleado → Manager → RRHH
- • Adjuntar ficha del curso y coste
- • Notificaciones automáticas por email
- • Actualizar nivel de habilidad al completar
- • Vincular formación a habilidades objetivo
- • Ver evolución en informe de habilidades
- • Registrar en pestaña Currículum (hr.employee)
- • Registrar certificación con fecha inicio/fin
- • Alerta automática de vencimiento próximo
- • Adjuntar documento del certificado
- • Gestionar renovaciones y re-certificaciones
- • Asignar itinerario formativo al empleado
- • Vincular a objetivos de evaluación del desempeño
- • Vincular a habilidades requeridas del puesto objetivo
- • Seguimiento de completados en el currículum
- • Emails de invitación y recordatorio
- • Notificaciones de aprobación / rechazo
- • Confirmaciones de inscripción automáticas
- • Chatter y trazabilidad de acciones
- • Horas de formación por empleado y tipo
- • Tasa de completado por curso
- • Inversión en formación externa aprobada
- • Informe de evolución de habilidades
Vistas de Información y Reporting
Perspectivas analíticas clave del flujo de formación y capacitación.
Arquitectura de Datos y Módulos
Módulos y modelos relacionales del flujo.
Lista de Verificación de Configuración
Ajustes mínimos en Odoo 19 para que el flujo funcione correctamente.
Marco Regulatorio — España (BOE)
Normativa de aplicación nacional para la formación profesional y capacitación de los trabajadores en España. Fuente primaria: Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). El convenio colectivo sectorial puede establecer obligaciones adicionales de formación.
- El trabajador goza del derecho a un permiso retribuido de formación anual. Esta capacitación debe estar obligatoriamente vinculada a la actividad de su puesto de trabajo.
- La empresa debe facilitar la formación necesaria que resulte idónea para la adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo o en la operativa.
- El permiso de formación o perfeccionamiento profesional debe concederse garantizando que el empleado no sufra pérdida salarial.
- Los trabajadores con contratos formativos gozan del derecho inalienable a una formación inherente a su tipo de contrato.
- Marco normativo rector para la formación programada y bonificada por las empresas para el desarrollo de sus trabajadores.
- Permite a las organizaciones financiar parcial o totalmente los costes de formación mediante deducciones en las cuotas de la Seguridad Social (crédito FUNDAE).
- La formación bonificada debe ejecutarse total o parcialmente durante la jornada laboral del trabajador afectado.
- La empresa tiene la carga administrativa de comunicar el alta, asistencia y cierre de las acciones formativas ante el Servicio Público de Empleo Estatal para validar la bonificación.
- La formación en PRL es una obligación ineludible por parte del empleador para con todos los trabajadores de su plantilla.
- La instrucción debe ser específica, teórica y práctica, ajustada rigurosamente a los riesgos concretos que asume el puesto.
- Debe impartirse obligatoriamente al comienzo de la relación laboral y repetirse frente a la introducción de nuevos equipos o tecnologías.
- El empleador debe documentar formalmente la impartición de la formación y vigilar la vigencia de los certificados o carnés (ej. espacios confinados, manipulación de alimentos) para mantenerlos vigentes frente a inspecciones.
- Derecho básico del trabajador a una protección eficaz, lo que implica el deber correlativo del empresario de proveer información detallada sobre los riesgos de su labor.
- El coste derivado de la formación en seguridad y salud nunca puede repercutirse ni recaer económicamente sobre el trabajador.
- Si en el centro de trabajo coinciden empresas de trabajo temporal o subcontratistas, aplica la normativa de coordinación de actividades preventivas, obligando a garantizar la formación previa de todo el personal externo.
- Las empresas sujetas a requerimientos legales deben incorporar en sus Planes de Igualdad medidas concretas que fomenten el acceso equitativo a la formación profesional sin discriminación por género.
- La programación formativa no puede imponerse fuera del horario laboral si con ello se perjudica la conciliación familiar o personal, salvo que medie acuerdo expreso con el trabajador.
- El disfrute de períodos de excedencia, maternidad o paternidad no puede ser motivo de exclusión ni de penalización en el acceso a los planes de formación continua de la empresa.
- Cualquier proceso de selección para acceder a formaciones subvencionadas o con plazas limitadas debe basarse en criterios estrictamente objetivos y transparentes.
- Todos los datos derivados de la participación en acciones formativas son clasificados como datos de carácter personal del empleado.
- Las calificaciones, resultados de cuestionarios y evaluaciones de aprendizaje gozan de la misma protección jurídica.
- Si la empresa utiliza plataformas LMS o proveedores formativos externos (nube), estos deben figurar como encargados del tratamiento bajo un contrato que garantice el cumplimiento del RGPD.
- El trabajador conserva el derecho irrenunciable de acceso y consulta sobre sus propios registros formativos custodiados por el empleador.
- La retención del historial formativo exige determinar plazos de conservación justificados mediante una base jurídica legítima (auditorías, cumplimiento normativo, etc.).
Recursos de Implementación
Entregables del kit de implementación para este flujo.